La organización de la economía supranacional: la Unión Europea

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El Proceso de Integración Europeo

  1. CECA. Comunidad Europea del Carbón y del Acero. París 1.951 (Bélgica, Francia, Luxemburgo, Italia, Alemania Federal y Holanda) Vigor en 1.952 
  2. CEE. Comunidad Económica Europea. Roma 1.957, mediante la firma del Tratado de Roma (los mismos países que el CECA) Vigor en 1.958 
  3. Tratado de fusión de la CECA, CEE y EURATOM. Bruselas 1.965. (Se establece un Consejo de Ministros único y una Comisión de las CCEE) Vigor en 1.967
  4. 1ª Ampliación CEE. Bruselas 1.972. (Dinamarca, Irlanda y Reino Unido) Vigor en 1.973 
    • 1.970, Informe de “Werner”: se propone la integración económica y monetaria. 
    • 1.972, Serpiente Monetaria de Europa: reducir las fluctuaciones de los tipos de cambio entre las monedas de los estados miembros. 
  5. 2ª Ampliación CEE. Atenas 1.979 (Grecia) Vigor en 1.981 
  6. 3ª Ampliación CEE. Madrid y Lisboa 1.985 (España y Portugal) EUROPA DE LOS DOCE. Vigor 1.986.  Hasta su integración, las relaciones de España con la CEE estaban reguladas por el Acuerdo Preferencial 1970 (favorecía exportaciones españolas, pero ella fuera toma decisiones comunitarias) 
  7. Acta Única Europea. Luxemburgo y La Haya 1986. Armonización de las políticas económicas. Vigor 1987 
  8. Tratado de Maastricht. 1991, Tratado de la UE. (libertad de circulación de bienes, servicios, personas y capital. 
  9. 4ª Ampliación CEE. 1995 EUROPA DE LOS QUINCE (Finlandia, Suecia y Austria) 
Países Miembros: Bélgica, Francia, Luxemburgo, Italia, Alemania, Holanda, Dinamarca, Irlanda, Reino Unido, Finlandia, Grecia, España, Portugal, Suecia y Austria

Instituciones Europeas

Parlamento Europeo. Institución cuyos miembros se eligen por sufragio cada 5 años. Funciones:
  • Aprobar las leyes europeas
  • Adoptar la totalidad del presupuesto
  • Efectuar un control democrático sobre la Comisión
La secretaría en Luxemburgo. Los plenos, normalmente en Estrasburgo y Comisiones en Bruselas.
Consejo de la UE. Principal instancia de decisión de la UE, representantes estados miembros (ministerios). Funciones:
  • Organo legislativo en codecisión del Parlamento
  • Garantizar la coordinación de las políticas económicas generales de los estados miembros
  • Compartir el poder presupuestario con el Parlamento
  • Tomar las decisiones para elabora y aplicar la política exterior y de seguridad común
Comisión Europea.
Funciones:
  • Instancia ejecutiva
  • Garantizar la ejecución de las leyes europeas, presupuesto y programas
  • Guardiana de los Tratados
  • Velar por el derecho comunitario
  • Representar la UE
El Consejo y la Comisión adoptan:
  • Reglamentos. Aplican directamente a los estados miembros.
  • Directivas. Obligatorias en función al resultado objetivo. Las autoridades nacionales deciden la forma y los medios para incorporarlas en las respectivas legislaciones obligadas.
  • Decisiones. Obligatorias para los destinatarios, un gobierno o una empresa.
  • Recomendaciones y Dictámenes. No son vinculantes.
Estos escritos jurídicos están recogidos en el DOCE (Diario Oficial Comunidades Europeas)

Tribunal de Justicia. Miembros nombrados por los gobiernos de los estados miembros.
Funciones:
  • Ejercer de poder judicial
  • Velar por la uniformidad de interpretación y aplicación del Derecho Comunitario
  • Supervisar la legalidad de actuación del Consejo y la Comisión
  • Decidir cuestiones comunitarias presentadas por estados miembros
Cualquier estado miembro acudirá a él, si estima que otro país miembro incumple alguna obligación de los Tratados. Sede en Luxemburgo.
Tribunal de Cuentas. Institución independiente. Miembros elegidos en el Consejo consultando al Parlamento.
Funciones:
  • Examinar cuentas de todos ingresos y gastos de la UE, como los no recogidos en el presupuesto anual. (reforzar principios de transparencia y control del gasto público.)
  • Sede en Luxemburgo.
Otros órganos de la UE:
  • Banco Central Europeo. BCE, encargado de diseñar y aplicar la política monetaria
  • Comité económico y social. Órgano consultivo. Representa el punto de vista e intereses de la sociedad civil ante el Parlamento, Comisión y Consejo Europeo.
  • Comité de las regiones. Trata asuntos relacionados con las regiones
  • Banco Europeo de Inversiones. Institución financiera de la UE contribuyente al equilibrio comunitario.
  • Defensor del Pueblo europeo. Figura establecida en el T. Maastricht. Atiende las demandas de los ciudadanos comunitarios.

Políticas Europeas

Política Agraria Comunitaria. PAC. Normas y mecanismos para regular la producción, comercio y tratamiento de productos agrícolas.
Objetivos:
  • Incremento producción agraria
  • Garantizar nivel equitativa de vida, de la población agraria
  • Estabilizar los mercados y garantizar la seguridad de abastecimientos.
Financiación FEOGA (Fondo Europeo de Orientación y Garantía)
Política Regional. Interesada en reducir las diferencias económicas entre regiones de países miembros. La UE concede ayuda financiera para ello, a través de:
  • Fondo Europeo de Desarrollo Regional. (FEDER) Financia infraestructuras, programas de desarrollo local e inversiones productivas para crear empleo.
  • Fondo Social Europeo. (FSE) Adapta a la población activa a los cambios en el mercado laboral
  • FEOGA. Financia acciones de desarrollo rural
  • Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca. (IFOP) Financia reforma estructural de este sector.
  • Fondo de Cohesión. Fondo especial de solidaridad que financia proyectos para el mantenimiento y mejora de red de transportes a los estados miembros menos desarrollados.
Política Social y de Empleo. Utilizada para conseguir objetivos:
  • Salud y seguridad de trabajadores
  • Mejora en condiciones de trabajo
  • Igualdad de oportunidades de trabajo entre hombres y mujeres en el mercado laboral, etc...
Política Exterior y de Seguridad Común. (PESC) Mantener la paz internacional, recurriendo a la fuerza militar, fomentar la cooperación internacional, la democracia y los derechos humanos
Política de Comunicaciones y Transportes. Dotar a los estados miembros de infraestructuras viarias y de comunicaciones, para que la libre circulación de mercancías y personas dentro del territorio de la UE tenga éxito.
Política de Investigación y Tecnología. Favorecer la investigación, el acceso a nuevas tecnologías...

La Unión Económica y Monetaria

Etapas hasta su constitución:
  • PRIMERA ETAPA. Libre circulación de capitales, aboliendo los controles sobre los mismos. Los países miembros (los 15) acordaron establecer programas de convergencia, para hacer poder adoptar paridades fijas entre sus monedas.
  • SEGUNDA ETAPA. Se crea el Instituto Monetario Europeo (IME) para coordinar las políticas monetarias y preparar la creación del BCE. La responsabilidad de política monetaria reside todavía en los países miembros.
  • TERCERA ETAPA. Se crea el BCE. Se fijaron las paridades entre las monedas participantes de forma irrevocable. Termina dicha etapa con la puesta en circulación del euro.

La convergencia económica: el Tratado de Maastricht

Se fijaron cinco condiciones a cumplir por los países que deseasen pasar a la fase de la moneda única, en el momento del “examen”:
  1. Estabilidad de precios. El último año anterior, la tasa media de inflación (x el IPC) no superar en un 1.5 puntos el % de la tasa de inflación de los 3 estados con mejores resultados en estabilidad de precios.
  2. Finanzas públicas. El déficit de las AAPP previsto o real no puede superar el 3% del PIB y la deuda pública el 60% del PIB.
  3. Tipo de cambio. Durante los 2 años anteriores, la moneda tenía que haberse mantenido dentro los márgenes normales de estabilidad en el SME.
  4. Tipos de interés. Durante el año anterior, los tipos medios de interés a L/P, de Bonos del estado o valores comparables, no exceder más de 2% a de los 3 países más estables.

La moneda única: el euro

La adopción del euro supone una pérdida de autonomía en lo referido a la política monetaria de los Estados miembros, ya que ésta, y la política de cambio, es competencia de la organización comunitaria.
Fechas importantes del proceso de introducción del euro:
  • 1999, las operaciones de mercado de divisas con terceros países, las del mercado de capitales, emisión de deuda pública, en euros.
  • 2002, se pone en circulación billetes y monedas de euro y se fueron retirando progresivamente las nacionales. Desaparecieron de circulación en la zona euro en seis meses.

Las ventajas e inconvenientes de la UEM

Ventajas

  • Reducción de costes de transacción. El carácter irrevocablemente fijo del tipo de cambio ahorra gastos de conversión de las monedas.
  • Eliminación de incertidumbre por la variación de los tipos de cambio de las monedas de los países que integran la moneda única.
  • Mayor estabilidad de precios. La moneda única conduce a la convergencia de las tasas de inflación de los países miembros y el establecimiento del BCE independiente, garantiza el mantenimiento de la estabilidad de los precios.
  • Mejora de las finanzas públicas. A < inflación y tipos de cambio fijos, los tipos de interés bajan, con lo que la financiación de la deuda se reducirá. El > crecimiento económico permite al Estado recaudar más, aumentando así, sus niveles de ingresos.
  • Mayor transparencia y competencia en el mercado europeo. Con el euro se puede comparar precios, salarios e impuestos de los países de la UEM (mejora el entorno competitivo de las empresas)
  • Desaparición de las devaluaciones monetarias como instrumento competitivo. Por haber una moneda única, cuya política monetaria la elabora solo el BCE
  • Otras. Las regiones menos favorecidas económicamente tendrán mejores oportunidades de recuperar su retraso.

Inconvenientes

  • Costes de sustitución de monedas nacionales por el euro.
  • Pérdida de soberanía en política monetaria.
  • Reducción de soberanía presupuestaria (impuesto límite al déficit público) y ausencia de política presupuestaria europea.
  • Utilización del sistema monetario con decimales.
  • Aparición posibles desequilibrios regionales y desaparición del tipo cambio como instrumento de política monetaria.

BCE y Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC)

El BCE asume funciones del IME.
El SEBC, está formado por los Bancos centrales de los países miembros + BCE
Los bancos centrales de la UE participan en el BCE según el status del país en la UEM.
TARGET, sistema electrónico para hacer frente transferencias de €, entre el BCE y Bancos centrales Nacionales.

Los países no integrados en UM en 1999m, excepto Reino Unido, Grecia, Suecia y Dinamarca, quedan indirectamente ligados a la política monetaria y cambiaria de la UEM. En esos países se establece un nuevo Mecanismo de Tipos de Cambio (MTC II), teniendo como referencia al euro, para asegurar la convergencia, estabilidad y futura incorporación al euro. La coordinación de política monetaria entre estos países y los de la zona euro, se hace a través del Consejo General del BCE.

Política Económica en el Marco Europeo

Para que una integración económica y monetaria sea plena y eficaz necesita asegurar una compatibilidad suficiente entre las políticas económicas, mediante la coordinación y el establecimiento de políticas económicas únicas de los estados miembros.

Estas dos vías tratan de articular una zona económica que favorezca la competencia y estimule la actividad económica y donde los agentes económicos tengan las mismas reglas de juego.

El Turismo en la UE

Supone aproximadamente el 5,5% del PIB. No existe una política específica de turismo en la UE, aunque sí interviene ésta, en esta actividad por otras políticas, como por ejemplo, FEDER, (para hacer compatible el desarrollo del turismo en relación al medio ambiente y sostenibilidad del entorno).
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